La Junta Electoral ha establecido una serie de normas específicas que deberán ser cumplidas por todas las candidaturas avaladas y presentadas a las elecciones a Junta Directiva del 23 de octubre.
Según marca el calendario electoral, las candidaturas para Junta Directiva con sus correspondientes avales deberán presentarse en el registro de las instalaciones deportivas antes de las 12:00 h. del miércoles 7 de octubre.
Así pues, las normas establecidas por la Junta Electoral entrarán en vigor a partir del jueves 8 de octubre, día oficial en que comienza la campaña electoral.
1. La propaganda electoral de las candidaturas no podrá mencionar ni hacer referencia alguna a las candidaturas opositoras.
2. Así mismo, no podrán contener información que perjudique o menoscabe la imagen de la Entidad, sus socios y/o trabajadores.
3. No se podrá utilizar imagen alguna, o logotipo de la Entidad, ni aludir a eventos de la misma en la propaganda electoral, puesto que ninguna candidatura cuenta aún con la legitimidad y respaldo que confiere el voto libre y democrático de los socios.
4. Se prohíben mítines y encuentros electorales masivos* en sedes de la Entidad.
5. Los espacios autorizados para la propaganda electoral serán los siguientes:
a) INSTALACIONES DEPORTIVAS
- Tablón de anuncio del nuevo edificio:
Quedará dividido en tantas partes iguales como candidaturas haya, debiendo respetarse una parte que se dedicará a incluir la información de nuestra Entidad.
- Dípticos/ Trípticos/ Flyers:
Se autorizan a las candidaturas a que depositen en los emplazamientos que se relacionan a continuación, dípticos/ trípticos/ flyers conteniendo propaganda electoral, advirtiendo explícitamente que en modo alguno los trabajadores de la Entidad serán responsables de la elaboración, manipulación, custodia, reposición y/o colocación de la misma.
- Mostrador Oficinas
- Vestuarios (Sras. Y Cros.) bajo pistas de baloncestos y futbol sala.
b) SEDE DE LA CALLE SIERPES en caso de apertura:
- Panel informativo situado en el hall de entrada al edificio.
El panel quedará dividido en tantas partes iguales como candidaturas haya, debiendo respetarse una parte que se dedicará a incluir la información de las actividades culturales y sociales programadas.
- Dípticos/ Trípticos/ Flyers:
Se autorizan a las candidaturas a que depositen en los emplazamientos que se relacionan a continuación, dípticos/ trípticos/ flyers conteniendo propaganda electoral, advirtiendo explícitamente que en modo alguno los trabajadores de la Entidad serán responsables de la elaboración, manipulación, custodia, reposición y/o colocación de la misma.
- Oficina de Administración
- Mostrador de Conserjería (entrada).
6. El tamaño máximo de la publicidad será A3.
7. Se establece como único contacto de comunicaciones a la Responsable de Administración del Club cuyos datos de contacto son: Tamara García López (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.)
8. El CMIS no asumirá ningún coste en concepto de campaña electoral de ninguna candidatura.
*Por masivo se entiende conforme normativa Covid-19.