Ajustándonos a las medidas publicadas en el último Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, las Instalaciones Deportivas cerrarán todos los días a la 1:00 h. Además, se limitan los encuentros sociales a un máximo de 10 personas en mesa y se prohíbe fumar cuando no se pueda respetar la distancia de, al menos, 2 metros.
Este domingo se ha publicado la orden de 16 de agosto de 2020, por la que se modifica la Orden de 19 de junio de 2020, para implementar en la Comunidad Autónoma de Andalucía actuaciones coordinadas en salud pública para responder ante la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos por COVID-19.
En el siguiente enlace puede leer el último boletín oficial:
https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2020/551/BOJA20-551-00005-9305-01_00176642.pdf
En cuanto a la normativa que nos afecta se encuentran las siguientes medidas:
- Obligaciones generales de prevención
- Se recomienda a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable, y que estos se limiten a un máximo de 10 personas.
- No se podrá fumar en la vía pública o en espacios al aire libre cuando no se pueda respetar una distancia mínima interpersonal de, al menos, 2 metros. Esta limitación será aplicable también para el uso de cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados, incluidos cigarrillos electrónicos o vapeo.
- Los establecimientos de hostelería no podrán superar el 75% de aforo máximo para consumo en el interior del local
- El consumo dentro del local podrá realizarse en la barra o sentado en una mesa, o agrupaciones de mesas, debiendo asegurarse el mantenimiento de la debida distancia de seguridad entre mesas o grupos de mesas para que, entre clientes de diferentes grupos, haya como mínimo 1,5 metros o, en su caso, entre clientes situados en la barra.
- La ocupación máxima será de diez personas por mesa o agrupación de mesas.
- Las terrazas al aire libre de los establecimientos de hostelería podrán ocupar la totalidad de las mesas permitidas en el año inmediatamente anterior en base a la correspondiente licencia municipal o de lo que sea autorizado para este año, siempre que se mantenga la debida distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros entre las mesas o agrupaciones de mesas, siendo en todo caso la ocupación máxima de estas de 10 personas.
- Se establece como horario de cierre de los establecimientos la 1:00 h como máximo, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 00:00 h
En este sentido, y con el objeto de cumplir con las nuevas medidas impuestas por la Junta de Andalucía según las recomendaciones del Ministerio de Sanidad para contener la pandemia, a partir de este lunes:
- Las Instalaciones Deportivas tendrán un horario de 8:00 a 1:00 h. de la madrugada de lunes a domingo.
- El servicio de restauración dejará de atender a las 00:30 h.
- Se recomienda limitar los encuentros sociales a un máximo de 10 personas, en zonas comunes y paseos.
- En el restaurante, terraza y zona del bar se podrán ocupar la totalidad de las mesas limitándose los grupos a un máximo de 10 personas y manteniéndose la debida distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros.
- Se prohíbe fumar al aire libre siempre que no se pueda respetar la distancia mínima de seguridad, establecida en 2 metros.
Agradecemos como siempre la compresión y colaboración de nuestros socios.